Registro de Academias
El Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM) informa que las academias se encuentran comprendidas dentro del ámbito de la Educación No Formal, conforme a las competencias establecidas por la Ley VI N.° 46.
Con el propósito de brindar claridad y transparencia a la oferta educativa, se encuentra disponible la Resolución que establece los requisitos, condiciones y documentación necesaria para solicitar el registro de academias ante el SPEPM.
⚠️ Antes de iniciar el trámite, es fundamental que los interesados:
-Lean detenidamente la resolución publicada, donde se detallan los alcances del registro, los requisitos y la documentación exigida.
📝 Completen el formulario de solicitud correspondiente, adjuntando toda la información requerida para su evaluación.
Resolución 221/2026 requisitos y procedimientos para el registro de Academias
Es importante recordar que:
✅ Las academias desarrollan actividades de Educación No Formal, orientadas a la capacitación, actualización y formación complementaria de las personas.
✅ No forman parte del Sistema Educativo Formal.
✅ Los certificados, constancias o diplomas que emitan no poseen validez oficial, no otorgan títulos habilitantes ni equivalencias con estudios correspondientes a los niveles y modalidades del sistema educativo formal.
💡 Aunque los certificados emitidos por las academias no poseen validez oficial ni habilitan para el ejercicio de la docencia, representan una valiosa oportunidad para continuar aprendiendo, perfeccionar habilidades y sumar conocimientos aplicables al mundo del trabajo.
Invitamos a los responsables de academias de la provincia a consultar la normativa vigente y realizar el trámite de registro conforme a lo establecido por el SPEPM.
